BOPV nº 239 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2011, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia a la ayuda concedida a la entidad Hegoa, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional, para becar al/a la cooperante Iratxe García Zabala, dentro de la convocatoria de ayudas, para el año 2010, a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las pers

Por Resolución de 9 de noviembre de 2010, de la Directora de Cooperación al Desarrollo, se concedió a la entidad Hegoa, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional una subvención de 16.200 euros para becar a la cooperante Iratxe García Zabala (NBE-2010BA/0061). La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 11 de julio de 2011, remitió solicitud de renuncia parcial a la beca por los motivos que constan en el expediente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos, la renuncia de la persona cooperante voluntaria de la beca dará lugar a la devolución proporcional de los derechos económicos cobrados y, en su caso, a la no realización de los pagos pendientes. La cantidad a la que renuncia se calculará teniendo en cuenta el período de beca que queda pendiente de desarrollar. En el presente caso la cantidad a devolver es 1.395 euros. Por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde a la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Aceptar la renuncia a la beca solicitada por la cooperante Iratxe García Zabala, dentro de la convocatoria de ayudas, para el año 2010, a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a los mismos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos. Como consecuencia, la entidad Hegoa, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional deberá devolver el importe correspondiente que no ha sido justificado y que asciende a 1.395 euros. Asimismo, se deja sin efecto la orden de pago correspondiente al segundo pago de 6.480 euros. Segundo Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus