BOPV nº 239 · · Justicia y Administración Pública

ORDEN de 3 de noviembre de 2011, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, de aprobación por el protectorado de Fundaciones del País vasco de la fusión por absorción por «Basque Culinary Center Fundazioa» (fundación absorbente) de «Fundación Casa de la Cultura Gastronómica de Euskal Herria Sukal Leku» (fundación absorbida); inscripción de la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco; y cancelación de los asientos registrales de la fundación absorbida.

Visto y examinado el expediente epigrafiado, sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO En fecha 15 de septiembre de 2011, tuvo entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública solicitud de inscripción de la fusión por absorción referida, adjuntando dos copias autorizadas de la escritura otorgada ante el notario de Donostia-San Sebastián, don Enrique García Jalón de la Lama el día 8 de septiembre de 2011, bajo su número de protocolo 1179. Mediante la misma se elevan a público los acuerdos de fusión por absorción de «Fundación Casa de la Cultura Gastronómica de Euskal Herria Sukal Leku» por «Basque Culinary Center Fundazioa»; transmitiéndose en bloque la totalidad del patrimonio de la fundación absorbida a la absorbente, con sucesión de derechos y obligaciones, y señalándose la fecha de inscripción de la operación en el Registro de Fundaciones del País Vasco como fecha en que las operaciones de fundación absorbida se considerarán realizadas a efectos jurídicos y contables. Dicha escritura pública incorpora los balances de ambas fundaciones, de 31 de diciembre de 2010, los informes de sus respectivas auditorias del ejercicio 2010 y las cuentas anuales y el informe de gestión de dicho año 2010 de ambas fundaciones. El título público incorpora también sendas certificaciones de los acuerdos de fusión adoptados por los patronatos de las dos fundaciones que intervienen en la fusión (del día 16-05-2011, de la fundación absorbida, y el 18-07-2011, de la fundación absorbente); así como los estatutos de la fundación absorbente. Requeridos al efecto, con fecha 26 de septiembre de 2011 y en base a los artículos 3 y 5 del Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Protectorado de Fundaciones del País Vasco, con fecha 6 de octubre de 2011 y 17 de octubre de 2011 tienen entrada en el mencionado Departamento de Justicia y Administración Pública, sendos informes emitidos por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación y por el Departamento de Cultura, respectivamente, favorables a la fusión. FUNDAMENTOS JURíDICOS Primero Corresponde a la Consejera de Justicia y Administración Pública dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, artículo 9.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 4.1 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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