BOPV nº 233 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 1671/2011, de 14 de noviembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueba la convocatoria ordinaria de pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de 2012.

Mediante el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, se regula el proceso de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud. Este Decreto establece que los perfiles lingüísticos de aplicación en Osakidetza son los determinados en el artículo 13 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Asimismo, determina la competencia que le asiste a Osakidetza para la realización de pruebas de acreditación de esos perfiles lingüísticos a través de convocatorias ordinarias y/o extraordinarias que, con esa específica finalidad, realice dicho Ente. En su virtud, RESUELVO : Artículo primero Aprobar la convocatoria ordinaria de pruebas para la acreditación de perfiles lingüísticos del año 2012, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo I. Artículo segundo Contra la presente Resolución del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. DISPOSICIÓN FINAL La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de noviembre de 2011. El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, JULIÁN PÉREZ GIL. ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN DE PERFILES LINGÜÍSTICOS BASES Base 1. La convocatoria de acreditación de perfiles de 2012 constará de un proceso de acreditación; así mismo, cabe la posibilidad de que se realice un segundo proceso de acreditación consecutivo, que estaría regido por las mismas bases generales. El proceso de acreditación constará de un período de inscripción, una relación de admitidos y excluidos, y sus pruebas que tendrán calificaciones provisionales y período de reclamación, y los mismos concluirán con la publicación de las calificaciones definitivas. Igualmente, en caso de celebrarse un segundo proceso de acreditación, este constaría de iguales apartados, pero independientes al anterior proceso. Base 2. Se nombrará el tribunal responsable de la acreditación de perfiles de la convocatoria de 2012, conforme a lo dispuesto en la base 21. Base 3. El proceso de acreditación se inicia con la publicación de la presente Resolución, que regulará cada una de las fases de que consta este proceso; igualmente, esta Resolución también regularía las fases del segundo proceso, que en caso de llevarse a cabo, se iniciaría mediante Instrucción interna del Director de Recursos Humanos. Base 4. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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