BOPV nº 225 · · Justicia y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2011, del Secretario General de la Presidencia, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011.

Adoptado el acuerdo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y de conformidad con lo establecido en su letra c), RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011, que se anexa a la presente Resolución. En Vitoria-Gasteiz, 3 de noviembre de 2011. El Secretario General de la Presidencia, JOSÉ MANUEL SALINERO FEIJOO. COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO-ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011. La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su reunión celebrada el día 30 de septiembre de 2011, ha adoptado el siguiente Acuerdo: De conformidad con las negociaciones celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento del Acuerdo de la Comisión Bilateral Comunidad Autónoma de Euskadi-Estado, de 23 de marzo de 2011, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas sobre la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011, ambas partes las consideran solventadas en razón de los siguientes criterios interpretativos y compromisos: A) En relación con las discrepancias manifestadas sobre el artículo 26, apartados 8.c), 9 y 13, de la Ley 5/2010, ambas partes consideran respecto a las aportaciones a planes de pensiones que sus cuantías deben considerarse para el cálculo de las retribuciones del personal al servicio del sector público, y por tanto para la valoración de la aplicación de los límites establecidos en la norma básica contenida en el artículo 22.Dos de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. B) La documentación aportada por la Comunidad Autónoma de Euskadi pone de manifiesto que las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi respetan los límites establecidos en dicho precepto para el ejercicio 2011. En razón al acuerdo alcanzado ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas en relación a las disposiciones contempladas en este Acuerdo y concluida la controversia planteada. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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