BOPV nº 221 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 23 de mayo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se convocan para el ejercicio 2011, las ayudas al sector pesquero y acuícola de la CAPV.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancias del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 23 de mayo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se convocan para el ejercicio 2011, las ayudas al sector pesquero y acuícola de la CAPV, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 130, de 8 de julio de 2011, se procede a su corrección: En la página 2011/3498 (9/28), Resuelvo Decimocuarto «Paralización definitiva de buques pesqueros», punto 3 «Obligaciones específicas», párrafo a), donde dice: En el caso de flotas que tengan derechos de pesca asignados de forma individual, el armador del buque a paralizar deberá comprometerse a que el 100% de los derechos permanezcan en el puerto base de la unidad paralizada durante un mínimo de 8 años. debe decir: En el caso de flotas que tengan derechos de pesca asignados de forma individual, el armador del buque a paralizar deberá comprometerse a que el 100% del arqueo global equivalente permanezca en el puerto base de la unidad paralizada durante un mínimo de 8 años.