BOPV nº 220 ·
RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2011, de la Directora de la Academia de Policía del País Vasco, por la que se convoca oposición para el acceso al Curso de Formación en Desactivación de Explosivos-NRBQ para los funcionarios de carrera de la Escala Básica de la Ertzaintza.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 4/1992 y el artículo 52 y ss. del Decreto 315/1994, por el que se aprueba el reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco, la Dirección de la Academia, conforme con los objetivos establecidos por el Viceconsejero de Seguridad del Departamento de Interior, se procede a la convocatoria de oposición para el acceso al Curso de Formación en Desactivación de Explosivos-NRBQ, para los funcionarios y funcionarias de carrera de la Escala Básica de la Ertzaintza. BASES Primera Objeto de la convocatoria. Se convoca procedimiento selectivo mediante el sistema de oposición para el acceso al Curso de Formación en Desactivación de Explosivos-NRBQ, para funcionarios y funcionarias de carrera de la Escala Básica de la Ertzaintza. El número de plazas que se convoca es de nueve. El número de plazas convocadas será ampliable en función de las vacantes de la Escala Básica de la Ertzaintza que se produzcan en la Unidad por cualquier causa, durante el desarrollo del presente proceso selectivo. Dicha ampliación se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Academia de Policía del País Vasco mediante Resolución de la Directora de la Academia de Policía del País Vasco, de acuerdo a lo previsto en el artículo 40.2 del Decreto 315/1994, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco. Tal ampliación se regirá igualmente por las presentes bases, y, en todo caso, deberá ser dispuesta con anterioridad al trámite previsto en la base décima. Segunda Requisitos de las personas aspirantes. Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento selectivo, para ser admitidas, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Efectuar solicitud previa. b) Hallarse en situación de servicio activo. c) Haber sido nombrado funcionario de carrera en la Categoría de Agente o Agente Primero de la Ertzaintza. d) Estar en posesión del permiso de conducir clase BTP. e) No estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el Decreto 36/2004, de 17 de febrero, de segunda modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco. f) No estar sujeta a un período de mínima permanencia en el puesto de trabajo a que esté adscrita, a la fecha de la publicación de la presente Resolución, salvo que dicho tiempo estuviera cumplido, o que por el órgano competente se hubiera aceptado la renuncia, o que se aspire a otro puesto sometido a igual sujeción y razón de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 65.5 de la Ley 4/1992, de 17 de julio y 5.3 párrafo último del Decreto 388/1998, de 22 de diciembre. g) No haber participado en tres o más convocatorias para acceso a Cursos de Especialización en Desactivación de Explosivos-NRBQ. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.