BOPV nº 206 · · Empleo y Asuntos Sociales

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2011, de la Directora General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral, por la que se corrige la Resolución de 27 de septiembre de 2011, por la que se regula la concesión de subvenciones para proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales.

El artículo 18.2.c del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango. Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 27 de septiembre de 2011, de la Directora General de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral, por la que se regula la concesión de subvenciones para proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 192, de 7 de octubre de 2011, se procede a su corrección: En la parte dispositiva, página 2 del documento 2011/4853, donde dice: Artículo 3 Importe global máximo. A los efectos del cumplimiento del objeto de esta Resolución se destinará un total de 265.000 euros, cuyo coste económico se imputará al programa 3113 Seguridad y Salud Laborales, Servicio 01 Dirección General, dentro del Capítulo IV Transferencias y subvenciones para operaciones corrientes, debe decir: Artículo 3 Importe global máximo. A los efectos del cumplimiento del objeto de esta Resolución se destinará un total de 657.000 euros, cuyo coste económico se imputará al programa 3113 Seguridad y Salud Laborales, Servicio 01 Dirección General, dentro del Capítulo IV Transferencias y subvenciones para operaciones corrientes. En la página 5 del documento 2011/4853, donde dice: Artículo 12 Cuantía de las subvenciones. Se subvencionará como máximo hasta el 75% del presupuesto subvencionable para las actividades a desarrollar en el curso del año 2011, debe decir: Artículo 12 Cuantía de las subvenciones. Se subvencionará como máximo el 100% del presupuesto subvencionable para las actividades a desarrollar en el curso del año 2011. Asimismo, se añade la siguiente Disposición adicional omitida por error: DISPOSICIÓN ADICIONAL Regla de minimis. Las ayudas establecidas en la presente Resolución respetarán las reglas de minimis establecidas en el Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis (DOUE 28-12-2006), u otras directrices o disposiciones emanadas al efecto en el marco de la Unión Europea, y, por tanto, Osalan articulará el mecanismo necesario para garantizar que ninguna de las personas beneficiarias del régimen de ayudas previsto en la Resolución perciba una cantidad superior a 200.000 euros en concepto de ayudas «de minimis» durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso». Por último, dado que se omitió la referencia a la regla de minimis, se reproducen íntegramente el anexo IB Modelo de Declaración Jurada (Persona Fisica) y en el anexo IC Modelo de Declaración Jurada (Persona Jurídica). En Barakaldo, a 18 de octubre de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus