BOPV nº 205 · · Economía y Hacienda

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2011, del Director de Finanzas, por la que se delega en los directores de los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación determinadas competencias en relación con las garantías en materias de programas para mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras en el alumnado, y el programa de gestión solidaria de libros de texto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la custodia, gestión, ejecución y devolución de garantías a favor de la Administración General de la CAE, que se constituyan en forma de aval, fianza, póliza de seguro de caución, depósito de valores, inmovilización de valores registrados mediante anotación en cuenta o cualquier otra forma análoga, corresponde al Departamento competente en materia de Tesorería. En concreto, es la Dirección de Finanzas el órgano competente en esa materia, según se deduce de lo dispuesto en el artículo 14.c del Decreto 568/2009, de 20 de octubre, por el que se establece la estructura y funciones del Departamento de Economía y Hacienda. El Departamento de Educación, Universidades e Investigación gestiona programas para mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras en el alumnado. En determinadas ocasiones, estos programas son gratuitos, pero siendo obligatoria una asistencia superior al 80% de las clases. Para garantizar esta asistencia se exige al alumno un depósito en metálico. Asimismo, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación tiene un programa de gestión solidaria de libros de texto o similar. Con este programa se pretende garantizar el buen uso y conservación de estos libros y materiales curriculares, por lo que se exige un depósito en metálico en el momento de la inscripción al programa. Ambos programas se gestionan desde los centros docentes públicos escolares dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación. Con la finalidad de agilizar la tramitación administrativa y facilitar al alumnado la presentación y recuperación de los depósitos en metálico para los programas de mejora en el aprendizaje de lenguas extranjeras del alumnado y programas de gestión solidaria de libros de texto y similares, resulta adecuado utilizar el mecanismo de la delegación de competencias previsto en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Delegar en los directores de los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación las competencias relativas a la custodia, gestión y devolución de depósitos en metálico para los programas de mejora en el aprendizaje de lenguas extranjeras del alumnado y programas de gestión solidaria de libros de texto y similares. Artículo 2 Estas garantías en metálico se realizarán en las cuentas autorizadas que designe la Dirección de Finanzas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus