BOPV nº 201 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se modifica el importe global máximo destinado en la Resolución de 25 de junio de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de ayudas económicas para la promoción de giras de danza.
ANTECEDENTES La Resolución de 25 de junio de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, realizaba la convocatoria de ayudas por la se regulaba el régimen de concesión de ayudas económicas para la promoción de giras de danza fuera del ámbito geográfico del euskara y en su artículo 2.1 fijaba el importe global de dichas ayudas en la cantidad de veintiocho mil setecientos diez (28.710) euros. Asimismo, en la disposición adicional primera de la misma Resolución se preveía lo siguiente: Los importes consignados en el artículo 2 podrán ser modificados, por Resolución de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas del Instituto Vasco Etxepare, y con carácter previo a la resolución de los mismos. La mencionada Resolución deberá ser publicada en el BOPV. Con fecha de 21 de julio de 2011 quedó abierto el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas convocadas. A lo largo de este periodo se ha constatado que el número de proyectos y las cantidades solicitadas harían aconsejable un incremento en la cantidad destinada. Dado que existe en este momento disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Disposición adicional de la resolución de convocatoria de las ayudas. Por todo ello, RESUELVO : Primero Incrementar en cuatro mil doscientos (4.200) euros el importe global máximo destinado en la Resolución de 25 de junio de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula la el régimen de concesión de ayudas económicas para la promoción de giras de danza fuera del ámbito geográfico del euskara. Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 4 de dicha convocatoria, queda fijada en treinta y dos mil novecientos diez (32.910) euros. Segundo Publicar la presente Resolución el en BOPV. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación. Segunda La presente Resolución surtirá efectos desde su adopción. En Donostia-San Sebastián, a 30 de septiembre de 2011. La Directora del Instituto Vasco Etxepare, MARÍA AITZPEA GOENAGA MENDIOLA.