BOPV nº 200 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2011, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Berantevilla (Álava).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Berantevilla y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Berantevilla (Álava), conforme a la delimitación que figura en el anexo I y la descripción obrante en el anexo II. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, de la Zona Arqueológica del Casco Histórico de Berantevilla (Álava) para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución al Ayuntamiento de Berantevilla, al Departamento de Euskera, Cultura y Deporte y al Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el BOTHA para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 23 de septiembre de 2011. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, ANTONIO RIVERA BLANCO. (Véase el .PDF) ANEXO II DESCRIPCIÓN Berantevilla es un núcleo de habitación Instalado a la orilla del río Ayuda, próximo ya a su desembocadura en el Zadorra, en terreno llano. Se encuentra rodeado de terrenos de cultivo, entre el Ayuda (al N.) y la pequeña sierra donde se observa el castillo de Portilla (al S.). A unos 5 km. al oeste se localiza Miranda de Ebro. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.