BOPV nº 200 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes
ORDEN de 10 de octubre de 2011, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se convocan dos becas de la Dirección de Transportes de formación para titulados/as universitarios/as y se aprueban sus bases reguladoras.
Conforme al artículo 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco corresponde a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de transportes terrestres, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.20 de la Constitución. El ejercicio de las funciones referentes a dicha área de actuación administrativa ha sido conferido al Departamento de vivienda, Obras Públicas y Transportes por el artículo 10 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, modificado parcialmente por el artículo 7 del Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Para el adecuado ejercicio de las citadas funciones, el artículo 14.1, párrafos f) y k) del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, atribuye a la Dirección de Transportes el desarrollo de las políticas logísticas para el transporte en la Comunidad Autónoma, así como proponer la articulación de subvenciones en materias propias de la Dirección. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de una serie de becas dirigidas a la formación, con el objetivo de incrementar el número de profesionales que puedan colaborar a las empresas de transporte a eliminar las carencias detectadas, tales como la falta de formación y de organización adecuadas. Las becas seleccionadas recogen áreas de especial interés en el sector del transporte bien porque se circunscriben en acciones con un gran potencial de desarrollo bien porque facilitan la incursión de los/as candidatos/as en la realidad del sector, en sus exigencias y en sus potencialidades. Todo ello beneficia al sector donde prestan sus servicios, fortaleciendo el tejido económico del país, y a la propia Administración que se sirve de los resultados de la investigación para mejorar su gestión, por lo que este Departamento, ha estimado conveniente proseguir con la política de becas ya iniciada en precedentes ejercicios, y convocar dos becas de formación para titulados/as universitarios/as. A tal efecto se cuenta con un crédito de pago para el año 2011 por importe de tres mil cuatrocientos (3.400) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 11.0.1.06.21.0100.4.453.01.51421.002.E en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011, aprobados por Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por el se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011 y un crédito de compromiso para el año 2012 de treinta y siete mil cuatrocientas (37.400) euros. Por otro lado, la presente Orden se adapta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.