BOPV nº 196 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se modifica el importe global máximo destinado en la Resolución de 30 de diciembre de 2010, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la difusión teatral.
ANTECEDENTES La Resolución de 30 de diciembre de 2010, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, realizaba la convocatoria de ayudas para la difusión teatral y en su artículo 2.1 fijaba el importe global de dichas ayudas en la cantidad de ciento quince mil setecientos noventa y siete (115.797) euros. Asimismo, en la disposición adicional segunda de la misma resolución se preveía lo siguiente: El importe global consignado en el artículo 2 podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas del Instituto Vasco Etxepare, y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Directora del Instituto Vasco Etxepare. Con fecha de 1 de febrero de 2011 quedó abierto el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas a la difusión teatral que se cerrará el 29 de octubre. A lo largo de este periodo se ha constatado que el número de proyectos y las cantidades solicitadas para las modalidades incluidas en las ayudas a la difusión teatral, haría aconsejable un incremento de la cantidad destinada a dicha modalidad. Dado que existe en este momento disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Disposición adicional de la resolución de convocatoria de las ayudas. Por todo ello, RESUELVO : Primero Incrementar en cincuenta y un mil cuatrocientos veintitrés euros con cuarenta céntimos (51.423,40) el importe global máximo destinado en la Resolución de 30 de diciembre de 2010, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la difusión teatral. Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 2.1 de dicha convocatoria, queda fijada en ciento sesenta y siete mil doscientos veinte euros con cuarenta céntimos (167.220,40). Segundo El incremento fijado en el artículo anterior se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria: Veinticinco mil doscientos veinte euros con cuarenta céntimos (25.220,40) para la realización de giras teatrales fuera de la CAPV. Veintiséis mil doscientos tres (26.203) euros para la promoción de temporadas teatrales. Tercero Publicar la presente Resolución el en BOPV. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación. Segunda La presente Resolución surtirá efectos desde su adopción. En Donostia-San Sebastián, a 19 de septiembre de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.