BOPV nº 196 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes
ORDEN de 10 de agosto de 2011, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, sobre la declaración del Casco Histórico de Zarautz como Área de Rehabilitación Integrada.
El artículo 17 del Decreto del Gobierno Vasco 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece como requisitos para la declaración de un conjunto como Área de Rehabilitación Integrada, tanto la publicación del correspondiente acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico correspondiente, como la constitución de una Sociedad Urbanística de Rehabilitación por las Corporaciones Locales afectadas. En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 7 de abril de 2011, se ha publicado el acuerdo municipal adoptado en la sesión de 30 de marzo de 2011 sobre aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Zarautz. En el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 18 de mayo de 2011, se ha publicado el anuncio relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Zarautz. El texto refundido del PERCH fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 16 de mayo de 2011. Así mismo, el Ayuntamiento de Zarautz se encuentra incorporado, como único socio, a Zarautzlur, Sociedad Pública denominada Entidad municipal para el suelo y la vivienda. Se desprende de todo ello que concurren, en relación con el Casco Histórico de Zarautz, los requisitos exigidos por el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para proceder a la declaración de tal conjunto como Área de Rehabilitación Integrada. Vista la legislación aplicable, DISPONGO : Declarar el Casco Histórico de Zarautz como Área de Rehabilitación Integrada de acuerdo con la delimitación que figura en el plano anexo a la presente Orden y que viene recogida como Delimitación del A.R.I. en el Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Zarautz. Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta. Vitoria-Gasteiz, a 10 de agosto de 2011. El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, ignacio maría ARRIOLA LÓPEZ. (Véase el .PDF)