BOPV nº 193 · · Instituto Vasco de la Mujer
RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2011, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se declara la pérdida de vigencia como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la Fundación Labein Tecnalia.
Visto el expediente relativo a la Fundación Labein Tecnalia, como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, ANTECEDENTES DE HECHO Primero La Resolución de 26 de septiembre de 2006, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, concedió a la Fundación Labein Tecnalia el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, regulado mediante Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, por el que se crea la figura de «Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres». Segundo Con fecha 13 de abril de 2011 tuvo entrada en Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer certificación del Registro de Fundaciones del País Vasco en la que consta que la Fundación Labein Tecnalia fue absorbida por la Fundación Tecnalia Research & Innovation. Tercero Con fecha 18 de abril de 2011 la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer dictó resolución por la que se iniciaba el expediente de pérdida de vigencia como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la Fundación Labein Tecnalia, donde se le concedía a la entidad interesada un plazo de 15 días hábiles para que formulara las alegaciones que estimase oportunas. Cuarto La Resolución de 18 de abril de 2011 fue notificada a la Fundación interesada el 27 de abril de 2011, no habiéndose presentado ninguna alegación. FUNDAMENTOS DE DERECHO Único. El artículo 6.1 del Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, establece que si la entidad colaboradora no acreditara su actividad en este campo, el reconocimiento perderá vigencia a todos los efectos. En su virtud, RESUELVO : Primero Declarar la pérdida de vigencia del reconocimiento otorgado a favor de la Fundación Labein Tecnalia como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, por extinción por fusión con la Fundación Tecnalia Research & Innovation. Segundo Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Notificar la presente Resolución en cumplimiento de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para su conocimiento y efectos oportunos. Cuarto Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las entidades o personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de septiembre de 2011. La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, MARÍA SILVESTRE CABRERA.