BOPV nº 193 · · Academia Vasca de Policía y Emergencias

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2011, de la Directora de la Academia de Policía del País Vasco, por la que se convoca procedimiento selectivo para acceso al Curso de Capacitación de Intervención para funcionarios y funcionarias de carrera de la categoría de Agente de la escala Básica de la Ertzaintza.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco y el artículo 52 y siguientes del Decreto 315/1994, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco, según los objetivos establecidos por la Viceconsejería de Seguridad del Departamento de Interior, la Dirección de la Academia de Policía del País Vasco procede a la convocatoria de procedimiento selectivo para acceso al Curso de Capacitación de Intervención para funcionarios y funcionarias de carrera de la categoría de Agentes de la Escala Básica de la Ertzaintza, con arreglo a las siguientes: BASES Primera Objeto de la convocatoria. 1 Se convoca procedimiento selectivo por el sistema de oposición, para acceso al Curso de Capacitación de Intervención, para funcionarios y funcionarias de carrera de la categoría de agente de la Escala Básica de la Ertzaintza. El número de plazas que se convocan es de 14. Segunda Requisitos de participación. Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento selectivo, para ser admitidas, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Efectuar solicitud previa. b) Ser funcionario o funcionaria de carrera de la Ertzaintza. c) Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo en la Escala Básica de la Ertzaintza con la Categoría de Agente. d) No estar sujeta al periodo especial de permanencia mínima en el puesto de trabajo al que esté adscrita establecido en el artículo 65.5 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco. e) Estar en posesión del permiso de conducir clase BTP. f) No haber participado en más de tres convocatorias de Capacitación de Intervención. Se entenderá agotada una convocatoria, y por tanto computable, cuando el funcionario o funcionaria haya sido admitido a tomar parte en la misma, salvo que la incomparecencia o no finalización del curso obedezca a causa involuntaria, debidamente justificada, que haya sido así apreciada por el órgano convocante. g) No estar incursa en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el anexo I de la presente convocatoria. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la fase del procedimiento en que hubieran de proceder a su acreditación. Para que la persona pueda ser admitida y tomar parte en el procedimiento selectivo, bastará con que manifieste en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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