BOPV nº 187 · · Sanidad y Consumo

ACUERDO de 22 de julio de 2011, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se modifica la denominación de los Hospitales Basurto, Cruces, Donostia y Hospital Universitario de Álava.

A la vista del «Concierto entre la UPV & Osakidetza-Servicio vasco de salud para la utilización de instituciones sanitarias en la investigación y docencia universitaria» de 24 de noviembre de 2008 (BOPV de 09-01-2009) y de la propuesta presentada por la Comisión Mixta UPV / Osakidetza-Servicio vasco de salud creada en la cláusula Decimotercera del mismo. Considerando que la cláusula Tercera del Concierto establece que Osakidetza-Servicio vasco de salud garantizará que tanto los Hospitales como el resto de las organizaciones que se conciertan cumplen los requisitos establecidos en la base 3 del artículo 4 del Real Decreto 1558/1936 de 28 de junio. En base al concierto, Osakidetza-Servicio vasco de salud ofrece a los fines docentes, asistenciales, y de investigación propios del concierto, tras haber comprobado que reúnen los requisitos necesarios, las organizaciones de servicios que se indican a continuación, que podrán denominarse Universitarios: Basurto Cruces Donostia Hospital Universitario de Álava Considerando que en la cláusula decimocuarta del referido convenio, entre las atribuciones conferidas a al Comisión mixta proponente, se contempla la de «velar por el cumplimiento y aplicación del Concierto». Considerando que en este contexto, en sesión de 4 de febrero de 2011 de la Comisión mixta del Concierto suscrito, se acuerda elevar propuesta de modificación de la denominación de los Hospitales Basurto, Cruces, Donostia y Hospital Universitario de Álava, incluyendo la calificación de «Universitarios» en atención a las nuevas funciones a desarrollar por los mismos, según previsión de la cláusula tercera 2 del propio Concierto. Por consiguiente, examinada la propuesta, de conformidad con la exposición que antecede, este Consejo de Administración, para debido cumplimiento de lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas al mismo en el artículo 8.5 de los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud aprobados por Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, viene a adoptar el siguiente ACUERDO Primero Aprobar la propuesta de modificación elevada por la Comisión mixta Osakidetza-Servicio vasco de salud-UPV a través del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, resultando de la misma la inclusión del calificativo «Universitario» a los Hospitales que constan a continuación: Hospital Basurto Hospital de Cruces Hospital Donostia Segundo Ordenar la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco. Considérese al respecto que dicho Acuerdo no producirá efectos hasta el día siguiente a la fecha de publicación. Tercero Comunicar el Acuerdo y su publicación a la Dirección de Patrimonio del Dpto. de Hacienda y al Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del G.V., regulado en el Decreto 31/2006 de 21 de febrero. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus