BOPV nº 184 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2011, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia (devolución parcial) al proyecto «Formación en Desarrollo y Cooperación Internacional con titulación de máster (dos másteres oficiales y dos títulos propios de la UPV/EHU)» presentado por la entidad HEGOA, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos con cargo al Focad 2008

Por Orden de 16 de diciembre de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se concedió a la entidad HEGOA, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional una subvención de 251.414,74 euros para la realización del Proyecto «Formación en Desarrollo y Cooperación Internacional con titulación de máster (dos másteres oficiales y dos títulos propios de la UPV/EHU)». La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 1 de septiembre de 2011, formuló una solicitud de renuncia (devolución parcial) del tercer pago de la subvención. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación y ayuda al Desarrollo, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del proyecto, especificando las repercusiones presupuestarias que implican. No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde a la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Autorizar a la entidad HEGOA, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional la renuncia (devolución parcial) solicitada al Proyecto «Formación en Desarrollo y Cooperación Internacional con titulación de máster (dos másteres oficiales y dos títulos propios de la UPV/EHU)» presentado dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos con cargo al Focad 2008. Como consecuencia, la entidad deberá devolver el importe correspondiente al tercer pago que no ha sido justificado y que asciende a 40.937,45 euros. Segundo Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. En Vitoria-Gasteiz, a 1 de septiembre de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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