BOPV nº 180 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2011, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia al Proyecto «Mejora de la calidad de vida de 10 comunidades rurales de la región de Kwanza Sul a través de la seguridad alimentaria, educación en el acceso, tenencias de tierras para las mujeres, prevención de sida y participación democrática. Angola» presentado por la entidad Haurralde Fundazioa dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos co
Por Orden de 27 de noviembre de 2006, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se concedió a la entidad Haurralde Fundazioa una subvención de 151.450 euros para la realización del Proyecto «Mejora de la calidad de vida de 10 comunidades rurales de la región de Kwanza Sul a través de la seguridad alimentaria, educación en el acceso, tenencias de tierras para las mujeres, prevención de sida y participación democrática. Angola». La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 18 de julio de 2011, formuló una solicitud de renuncia al tercer pago de la subvención. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación y ayuda al Desarrollo, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del proyecto, especificando las repercusiones presupuestarias que implican. No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde a la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Autorizar a la entidad Haurralde Fundazioa la renuncia solicitada al Proyecto «Mejora de la calidad de vida de 10 comunidades rurales de la región de Kwanza Sul a través de la seguridad alimentaria, educación en el acceso, tenencias de tierras para las mujeres, prevención de sida y participación democrática. Angola» presentado dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos con cargo al FOCAD 2006. Como consecuencia, se deja sin efecto la orden de pago correspondiente al tercer pago (30.290,06 euros). Segundo Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de agosto de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.