BOPV nº 180 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 30 de agosto de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones para realizar cursos de refuerzo en lengua extranjera y actividades de innovación en centros privados y en centros públicos de titularidad municipal que imparten ciclos formativos de Formación Profesional correspondientes al curso 2011-2012.

La Formación Profesional está realizando en el ámbito europeo, estatal y de la Comunidad Autónoma del País Vasco un importante esfuerzo de adaptación normativa, curricular y de medios materiales a las demandas de formación del sistema productivo y de la sociedad. En lo que hace referencia a nuestro marco normativo educativo, la Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional regula un sistema integral de cualificaciones, común a la Formación Profesional del sistema educativo y a la Formación Profesional para el empleo, que está orientado a optimizar los recursos formativos, a mejorar los resultados de aprendizaje y a alcanzar, en definitiva, cotas más altas de cualificación entre nuestros profesionales. La Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE) y el Real Decreto 1538/2006, que regula la Formación Profesional en el sistema educativo, establecen las bases para promulgar nuevos títulos de formación profesional, que substituyen de manera progresiva a los implantados en aplicación y desarrollo de la Ley Orgánica 1/1990, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE). Así mismo, la Ley 2/2011, de Economía Sostenible señala como objetivos, en los apartados e) y g) del artículo 72, la necesidad de «fomentar e impulsar el papel de la formación profesional en los campos de la innovación y de la iniciativa emprendedora», así como de «garantizar la calidad de la formación profesional, de acuerdo con las directrices europeas en materia de calidad, con el fin de lograr altos niveles de excelencia». En su virtud, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Decreto Legislativo 1/1997, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, que regula el régimen general de ayudas y subvenciones del Gobierno Vasco, RESUELVO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. Se convocan subvenciones destinadas a impulsar cursos de refuerzo en lengua extranjera y actividades de innovación, a desarrollar a lo largo del curso 2011-2012, necesarias para adecuar la oferta formativa de Formación Profesional a las necesidades del sistema productivo. Artículo 2 Entes beneficiarios. Los entes beneficiarios de esta Orden de subvención son los centros privados y los centros públicos de titularidad municipal que tengan concertados o conveniados ciclos formativos de Formación Profesional en el curso 2010-2011. Artículo 3 Actuaciones subvencionables. Las actuaciones que pueden ser objeto de subvención en esta Orden son las siguientes: Los cursos de refuerzo en lengua extranjera. Se subvencionarán únicamente los gastos de nómina de las personas que impartan los cursos. Las actividades de innovación que se desarrollen en los campos que se señalan a continuación y constituyan gastos de conexión a intranet o internet del centro, así como nóminas de personal para la realización de dichas actividades: a) Administración de la red informática del centro. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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