BOPV nº 177 ·
RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2011, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, por la que se da publicidad a la ampliación del crédito para el ejercicio 2011 destinado a las ayudas previstas en la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Pro
En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 101, de 30 de mayo de 2011, se publica la Orden de la misma fecha, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. En su disposición adicional, apartado 1, relativo a la Financiación e imputación Presupuestaria, se indica que: «Al objeto de dar cumplimiento al principio de publicidad, por resolución de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género se hará pública, al comienzo de cada ejercicio presupuestario, la dotación asignada al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco». Según señala la disposición transitoria segunda de la Orden de 30 de mayo de 2011, relativa a la dotación presupuestaria para el ejercicio 2011, «el importe máximo establecido en la Resolución de 30 de diciembre de 2010, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, por la que se hace pública la dotación asignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2011 a las ayudas previstas en la Orden de 3 de marzo de 2010, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (BOPV n.º 12, de 19 de enero de 2011), fijado en 380.000 euros, también constituirá igualmente el límite máximo de ayudas a conceder durante el ejercicio 2011 en base a lo establecido en la presente Orden». […] El texto completo sigue en la publicación oficial.