BOPV nº 174 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se modifica el importe global máximo destinado en la Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la promoción y difusión de las artes plásticas y visuales fuera del País Vasco.
ANTECEDENTES La Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, realizaba la convocatoria por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la promoción y difusión de las artes plásticas y visuales fuera del País Vasco y en su artículo 4. fijaba el importe global de dichas ayudas en la cantidad de cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cinco (48.495) euros. Asimismo, en el artículo 4 de la misma Resolución se preveía lo siguiente: El importe global consignado en este artículo podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Instituto Vasco Etxepare y con carácter previo a la resolución de las mismas. En el caso de que concurra dicha circunstancia se dará publicidad mediante la correspondiente resolución de la Directora del Instituto Vasco Etxepare. Con fecha de 26 de abril de 2011 quedó cerrado el plazo de presentación de solicitudes. A lo largo de este periodo se ha constatado que el número de proyectos y las cantidades solicitadas, haría aconsejable un incremento de la cantidad destinada a dicha modalidad. Dado que existe en este momento disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en el artículo 4 de la resolución de convocatoria de las ayudas. Por todo ello RESUELVO : Primero Incrementar en once mil trescientos noventa (11.390) euros el importe global máximo destinado en la Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la promoción y difusión de las artes plásticas y visuales fuera del País Vasco. Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 4. de dicha convocatoria, queda fijada en cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y cinco (59.885) euros. Segundo Publicar la presente Resolución el en BOPV. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación. Segunda La presente Resolución surtirá efectos desde su adopción. En Donostia-San Sebastián, a 28 de julio de 2011. La Directora del Instituto Vasco Etxepare, MARÍA AITZPEA GOENAGA MENDIOLA.