BOPV nº 171 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 20 de julio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «El Pilar-Compañía de María» de Irun (Gipuzkoa).

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «El Pilar-Compañía de María» de Irun (Gipuzkoa), en solicitud de modificación de la autorización en Primer Ciclo de Educación Infantil, con el fin de transformar dos unidades destinadas a niños y niñas menores de un año, en dos unidades de dos a tres años. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se modifica, a partir del curso escolar 2011-2012, la autorización en Primer Ciclo de Educación Infantil, del centro docente privado que se describe a continuación: N.º de código: 20002037 Denominación específica: «El Pilar-Compañía de María» Titular: Compañía de María Domicilio: Señor de Aranzate, 1 Municipio: Irun Territorio Histórico: Gipuzkoa Autorización: transformación de dos unidades destinadas a niños y niñas menores de un año, en dos unidades de dos a tres años. Composición resultante: Educación Infantil 1.º Ciclo: 4 unidades con la siguiente capacidad: 1 unidad para alumnos/as de uno a dos años, con capacidad para 13 puestos escolares. 3 unidades para alumnos/as de dos a tres años, con capacidad, cada una de ellas, para 16, 17 y 18 puestos escolares respectivamente, en función de la superficie de las aulas y en aplicación del requisito de 2 metros cuadrados por puesto escolar. Educación Infantil 2.º Ciclo: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares. Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares. Educación Especial: 2 unidades. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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