BOPV nº 170 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes
ORDEN de 16 de junio de 2011, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se crea un fichero de datos de carácter personal, del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.
El artículo 4.1 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, establece que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma se realizará por orden del titular del departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. El procedimiento de elaboración de la citada orden será el previsto para la elaboración de disposiciones de carácter general. De forma complementaria, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, declara en su artículo 20.1, que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente. El artículo 2 del Decreto 308/2005, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la Ley del Parlamento Vasco 2/2004, establece que los Entes Públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco notificarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos toda creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos, mediante el traslado de la disposición o acuerdo a través del modelo normalizado aprobado por Resolución de 21 de julio de 2005, del Director de la Agencia. En virtud del artículo 10 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se creó el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. El Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, estableció la estructura orgánica y funcional del mencionado Departamento. Con esta reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y la nueva asignación competencial, los ficheros de carácter personal relativos al área de vivienda, pasaron a ser gestionados por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. En consecuencia, fueron transferidos a dicho Departamento los ficheros de carácter personal gestionados por el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, regulados por medio de la Orden de 18 de mayo de 2005 y sus sucesivas modificaciones. En virtud de todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la señalada Ley Orgánica y con las facultades otorgadas por las disposiciones legales, DISPONGO : Artículo único Creación de ficheros. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.