BOPV nº 168 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 30 de junio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la ampliación de unidades de 1.º ciclo de Educación Infantil y la supresión de las unidades de Bachillerato al centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Elgoibar Ikastola» de Elgoibar (Gipuzkoa).
Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Elgoibar Ikastola» de Elgoibar (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para la ampliación de dos unidades de 1.º ciclo de Educación Infantil y la supresión de seis unidades de Bachillerato en dicho centro. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza, a partir del curso escolar 2011-2012, la ampliación de dos unidades de 1.º ciclo de Educación Infantil y la supresión de seis unidades de Bachillerato al centro docente que se describe a continuación: N.º de código: 20007588 Denominación específica: «Elgoibar Ikastola» Titular: Pedro Miguel Urruzuno Kooperatiba Elkartea Domicilio: Ermuaran bide, 7 Municipio: Elgoibar Territorio Histórico: Gipuzkoa Autorización: ampliación de 2 unidades de 1.º ciclo de Educación Infantil y supresión de 6 unidades de Bachillerato. Composición resultante: Educación Infantil 1.º Ciclo: 12 unidades con la siguiente capacidad: 3 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 8 puestos escolares, para alumnos/as menores de un año. 4 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares, para alumnos/as de uno a dos años. 5 unidades con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares, para alumnos/as de dos a tres años. Educación Infantil 2.º Ciclo: 9 unidades con capacidad para 205 puestos escolares. Educación Primaria: 15 unidades con capacidad para 375 puestos escolares. Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares. Educación Especial: 2 unidades. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado destinado a las unidades autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.