BOPV nº 164 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 13 de junio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan diversos tipos de ayudas económicas individuales para fomento de la participación del profesorado de la Comunidad Autónoma del País Vasco en actividades de formación ajenas a la oferta institucional del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Corresponde al Departamento de Educación, Universidades e Investigación ordenar la formación del profesorado de la enseñanza no universitaria y velar para que el derecho y la obligación del profesorado a su formación como docentes, tal y como viene recogido en el Capítulo III, Título III de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, puedan realizarla en las condiciones y con la calidad necesaria, de acuerdo a sus necesidades profesionales. Por esta razón cada año el Departamento de Educación, Universidades e Investigación elabora un plan de formación del profesorado en el que, por una parte, presenta propuestas de formación para garantizar la mejora de la competencia profesional del profesorado de la enseñanza no universitaria y, en concreto, para la mejora del sistema educativo, y por otra, facilitar la formación continua del profesorado según las demandas sentidas y formuladas por el propio profesorado en activo. Debido a la pluralidad de las actividades de formación permanente del profesorado ofrecidas por las diferentes instituciones que actúan en este campo, y de los intereses de los distintos profesionales de la enseñanza, procede regular un sistema de ayudas que delimite el acceso de los diferentes colectivos docentes a las ayudas, en función del tipo de actividad de que se trate, y que limite las cuantías máximas que se podrán conceder, para facilitar así una distribución más equitativa y una rotación entre beneficiarios/as. Por ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. RESUELVO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. Convocar ayudas económicas de carácter individual dirigidas al personal docente o educativo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para facilitar su participación en actividades de formación ajenas a la oferta institucional del Departamento que hayan finalizado o finalicen entre 1 de septiembre de 2010 y el 30 de junio de 2011 destinando a tal fin la cantidad de 400.000 euros. Artículo 2 Tipos de ayudas. En función de los temas de actividad de formación realizadas, la ayudas podrán ser de los siguientes tipos: A. Ayudas para la realización de actividades de formación en lengua extranjera independientemente del lugar donde se realizan y sean realizados presenciales o on-line. B. Ayudas para la realización de actividades de formación en otras actividades formativas directamente relacionadas con el currículo del área de actuación o especialidad. Artículo 3 Cuantías máximas de las ayudas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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