BOPV nº 155 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2011, de la Directora de Turismo, por la que se delegan en los Delegados Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo el ejercicio de la competencia sobre determinadas materias.

La Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de empresas turísticas, atribuye a la Directora de Turismo la competencia para resolver las solicitudes de ayudas que al amparo de dicho programa se presenten. Con la finalidad de agilizar y lograr una mayor eficacia en la tramitación administrativa y así aconsejarlo razones de índole técnica y territorial, resulta necesaria llevar a cabo una delegación en el ejercicio de las competencias que la citada Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de empresas turísticas, atribuye a la Directora de Turismo. De este modo se pretende lograr una gestión del programa de ayudas más acorde con los principios de economía, celeridad y eficacia que gobiernan la actuación administrativa. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, RESUELVO : Primero Delegar en los Delegados Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo el ejercicio, en sus respectivos ámbitos territoriales de la competencia para resolver las solicitudes de ayudas atribuida a la Directora de Turismo en la Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de empresas turísticas. Segundo La presente Delegación se entiende sin perjuicio de las directrices y criterios que sobre la materia establezca la Directora de Turismo como Órgano competente. Tercero Las resoluciones que se dicten en virtud de la presente delegación deberán indicar dicha circunstancia, mediante la mención de la misma y de su fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y se considerarán dictadas por la Dirección de Turismo. El conocimiento de los recursos administrativos que, en su caso, procedan contra dichas resoluciones corresponderá a la Viceconsejera de Comercio y Turismo conforme establece el artículo 12.3 de la Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de empresas turísticas. Cuarto En cualquier momento, la Dirección de Turismo podrá revocar la presente delegación, así como avocar el conocimiento de cualquier expediente. Quinto La presente delegación será de aplicación a los expedientes correspondientes a la convocatoria de la Viceconsejera de Comercio y Turismo para el ejercicio 2011 y a los de convocatorias posteriores en tanto no se revoque la misma. Sexto La presente Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de agosto de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus