BOPV nº 154 · · Sanidad y Consumo

ORDEN de 27 de julio de 2011, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la realización de actuaciones de promoción de la actividad física.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, corresponde a todos los poderes públicos vascos la misión preferente de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica, con el fin de estimular los hábitos de vida saludables, la eliminación de los factores de riesgo, la anulación de la incidencia de efectos negativos y la sensibilización y concienciación sobre el lugar preponderante que por su naturaleza le corresponde. En particular, según su apartado segundo, compete al Gobierno Vasco preservar el marco institucional de la salud en Euskadi, dirigiendo las recomendaciones o adoptando las medidas que estime oportunas para velar por su consideración en todas las políticas sectoriales, así como propiciando el diseño de acciones positivas multidisciplinares que complementen a las estrictamente sanitarias para lograr una mejora continua del nivel de salud de la población. En el artículo 3 de la citada Ley, se indica que compete a la Administración Sanitaria Vasca garantizar la tutela general de la salud pública a través de medidas de promoción de la salud. Conforme al artículo 9.1 del Decreto 579/2009, de 3 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad y Consumo, corresponde a la Dirección de Salud Pública entre otras funciones específicas, el impulso en otros Departamentos del Gobierno e Instituciones públicas, en especial los municipios, de políticas e intervenciones eficaces tendentes al logro de mayores niveles de salud y equidad en la ciudadanía. El fin de esta Orden es promover la salud en las actuaciones que se llevan a cabo en el ámbito local y desde otros sectores diferentes al sanitario. Esta iniciativa sigue las recomendaciones de la estrategia de la Unión Europea «Salud en todas las políticas» y del informe de la Comisión sobre los Determinantes Sociales de la Salud de la Organización Mundial de la Salud. Salud en todas las políticas se basa en la constatación de que la salud está influenciada mayormente por factores que caen fuera de la esfera de influencia del sector sanitario. Su elemento dinamizador es situar la salud y el bienestar de la población como valores a cuidar y potenciar por parte de todos los sectores de la sociedad. Por tanto, la salud es también objetivo a cuidar en las políticas sectoriales. La Comisión sobre los Determinantes Sociales de la Salud de la OMS establece que la mala salud de las personas pobres y las grandes desigualdades en salud están provocadas por una distribución desigual del poder, los ingresos, los bienes y servicios, y por las consiguientes injusticias que afectan a las condiciones de vida de la población. Éstos son los determinantes sociales de la salud, que son la causa de la mayor parte de las desigualdades en salud. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus