BOPV nº 153 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2011, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio para el ejercicio 2011.

La Orden de 20 de octubre de 2010 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo establece y regula el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio (BOPV n.º 205, de 25 de octubre de 2010). De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en la misma se regulan, para el ejercicio 2011, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de las facultades establecidas en la Orden de referencia RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es la convocatoria para el ejercicio 2011 de las ayudas previstas en la Orden de 20 de octubre de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo destinadas a Oficinas de Dinamización para el Comercio. Artículo 2 Número de oficinas. Las Oficinas de Dinamización para el Comercio subvencionadas serán como máximo 28, con la siguiente distribución: 1 oficina para cada uno de los ámbitos establecidos en el anexo I de la Orden, excepto para la zona 4, a la que corresponderán 2. Artículo 3 Importe de la consignación presupuestaria. Para este fin se destinará un total de 1.078.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Artículo 4 Solicitudes y plazo. Los solicitantes, deberán dirigir la solicitud y demás documentación complementaria a la Dirección de Comercio, a través de las correspondientes Delegaciones Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, bien directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Un modelo de solicitud será facilitado en las Delegaciones Territoriales del Departamento, y en la dirección de Internet: www.euskadi.net/comercio. La instancia será firmada por la persona que posea capacidad legal para representar a la entidad solicitante, e indicará el ámbito de actuación para el que solicita la subvención. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 14 de octubre de 2011. DISPOSICIONES FINALES Primera La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Segunda Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2011. La Viceconsejera de Comercio y Turismo, MARÍA PILAR ZORRILLA CALVO.

Publicación oficial en euskadi.eus