BOPV nº 148 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 1205/2011, de 14 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan ayudas para la organización de reuniones científicas y actividades formativas a las organizaciones públicas de servicios sanitarios dependientes del Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Dentro del amplio y múltiple campo de la formación y la investigación sanitaria es necesario desarrollar y mejorar el intercambio de información y conocimientos científicos mediante la organización de las oportunas reuniones científicas. El Departamento de Sanidad, a través de la Dirección de Ordenación Sanitaria, tiene atribuida la competencia en materia de fomento de la formación del personal sanitario y de la investigación sanitaria y, como tal, dispone de la correspondiente asignación presupuestaria de transferencias a terceros para ayudas en la Organización de Congresos y Reuniones Científicas. Con objeto de hacer más operativo el procedimiento de ejecución de estas transferencias, Osakidetza-Servicio vasco de salud en colaboración con el Departamento de Sanidad, ha venido gestionando la concesión de las ayudas a los centros pertenecientes al Ente Público. Por ello siguiendo en esta línea, para el año 2011 RESUELVO : Primero Efectuar la convocatoria y aprobar las bases generales que han de regir la concesión de ayudas para la organización de reuniones científicas a las organizaciones públicas de servicios sanitarios dependientes del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud (anexo I). Segundo Aprobar los modelos normalizados de solicitud (anexos II y III). DISPOSICIÓN FINAL Primero En todo lo no previsto en la presente Resolución será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta resolución, y contra las que, con carácter definitivo, se dicten en su desarrollo podrá ser interpuesto recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en los siguientes términos: Contra las resoluciones definitivas dictadas por el Director de la División de Recursos Humanos podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (c/ Álava 45, CP: 01006, Vitoria-Gasteiz) Contra las resoluciones dictadas por el Director General podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud (c/ Álava 45, CP: 01006, Vitoria-Gasteiz). Tercero La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de julio de 2011. El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, JULIÁN PÉREZ GIL. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus