BOPV nº 146 · · Educación, Universidades e Investigación
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 1 de junio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regulan y convocan las becas nuevas y renovaciones para los Programas de Formación y Perfeccionamiento de Personal Investigador correspondientes a curso 2011-2012.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 1 de junio de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que por la que se regulan y convocan las becas nuevas y renovaciones para los Programas de Formación y Perfeccionamiento de Personal Investigador correspondientes a curso 2011-2012, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 117, de 21 de junio de 2011, se procede a su corrección: En el apartado 1 del artículo 46, página 2011/3219 (57/169), donde dice: El personal investigador doctor beneficiario de las ayudas reguladas en este Capítulo dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir de la notificación o publicación en el BOPV de la Resolución de concesión para renunciar expresamente y por escrito a la misma, de no hacerlo así se dará por aceptada Debe decir: El personal investigador doctor beneficiario de las ayudas reguladas en este Capítulo dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente a la notificación efectuada mediante publicación simultánea de la Resolución durante el mes de noviembre en la página web y en el tablón de anuncios de las 3 delegaciones territoriales para renunciar expresamente y por escrito a la misma, de no hacerlo así se dará por aceptada