BOPV nº 144 · · Presidencia del Gobierno
DECRETO 170/2011, de 26 de julio, por el que se aprueba la relación de los cargos directivos del ente público Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo - Garapenerako Lankidetzaren Euskal Agentzia.
El artículo 3.1 del Decreto 130/1999, de 23 de febrero, por el que se regula el estatuto personal de los directivos de los Entes Públicos de Derecho Privado y de las Sociedades Públicas, prescribe que «El Consejo de Gobierno, a propuesta de los titulares de los Departamentos a los que se encuentren adscritos Entes Públicos de Derecho Privado o Sociedades Públicas, aprobará mediante Decreto la relación de los directivos de los mismos». Asimismo, dicho artículo establece que las citadas propuestas se elaborarán a partir de los acuerdos que los órganos rectores o Consejos de Administración de cada Ente Público de Derecho Privado o Sociedad Pública adopten con carácter anual, en los que se identificarán los cargos o puestos que se califiquen como directivos a los efectos de lo dispuesto en el citado Decreto. De conformidad con lo establecido en el citado precepto, el Consejo Rector del ente público Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo - Garapenerako Lankidetzaren Euskal Agentzia, en reunión celebrada el 15 de julio de 2011, adoptó, por unanimidad de los asistentes, el Acuerdo por el que se reconoce como cargo directivo del ente público Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo - Garapenerako Lankidetzaren Euskal Agentzia el puesto de Subdirector/a. En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 26.3 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, así como en el artículo 3.1 del Decreto 130/1999, de 23 de febrero, por el que se regula el estatuto personal de los directivos de los Entes Públicos de Derecho Privado y de las Sociedades Públicas, a propuesta del Lehendakari, previa la oportuna deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 26 de julio de 2011, DISPONGO : Artículo único Aprobar la relación de directivos del ente público Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo - Garapenerako Lankidetzaren Euskal Agentzia, a los efectos previstos en el Decreto 130/1999, de 23 de febrero, que contiene los siguientes cargos: Director/a. Subdirector/a. DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, 26 de julio de 2011. El Lehendakari, FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.