BOPV nº 138 · · Cultura

RESOLUCION de 21 de junio de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para giras musicales profesionales y participación en ferias musicales fuera del ámbito geografico del euskera.

El artículo 3.b) de la Ley 3/2007, de 20 de abril, de Creación y Regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal dispone que dicho Instituto tiene como fin: «Contribuir a dar a conocer y difundir en el exterior la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión, promoviendo en especial la cultura creada en euskera». Por otra parte, el Decreto 88/2008, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco Etxepare dispone que es competencia de dicho Instituto la promoción y difusión de la Cultura Vasca fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dicho Decreto especifica en su artículo 19 apartado 2 que el área de Promoción y Difusión de la Cultura Vasca abarca lo ámbitos de la música, las artes escénicas, las artes visuales, el cine, la arquitectura y el diseño, mientras que en el apartado f) del citado artículo señala entre las funciones del Instituto la de diseñar programas de ayuda para los agentes culturales con el objetivo de dar a conocer la creación vasca en la escena internacional. En tal sentido, dentro del ámbito de facultades que al Instituto Vasco Etxepare le vienen señaladas como áreas de actuación, se ha considerado de interés regular el régimen de concesión de subvenciones para las giras musicales profesionales y participación en ferias musicales que se realicen fuera del ámbito geográfico del euskera. En virtud de lo cual, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto y modalidades. Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de otorgamiento de subvenciones para la promoción y difusión de las actividades musicales profesionales fuera del ámbito geográfico del euskera que se realicen durante el ejercicio 2011. La presente convocatoria comprende las siguientes modalidades: Cap II: Giras musicales. Cap III: Participación en ferias musicales. Artículo 2 Recursos económicos y límite general de las ayudas. El importe global máximo de estas ayudas es de 167.475 euros, importe que se distribuirá entre las modalidades citadas de la siguiente manera: a) Giras: 157.905 euros. b) Participación en ferias: 9.570 euros. El máximo total de las aportaciones económicas procedente de las distintas Administraciones Públicas no no podrá, en ningún caso, superar el 70% del coste del proyecto presentado. Artículo 3 Requisitos de las personas beneficiarias y viabilidad de los proyectos. Sin perjuicio de otras condiciones establecidas para cada modalidad, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta Resolución las personas solicitantes que cumplan los siguientes requisitos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes: a.1. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus