BOPV nº 136 · · Sanidad y Consumo

ACUERDO de 8 de junio de 2011, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueba el convenio de encomienda de gestión entre Osakidetza-Servicio vasco de salud y la Sociedad Pública Osatek, S.A., para la tramitación y gestión material por parte de la Organización Central de Osakidetza-Servicio vasco de salud a través de su Servicio de Contratación, de la contratación de obras, suministros, y servicios que para su giro o tráfico deba de realizar la sociedad

A la vista del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud y considerando la importancia de desarrollar su contenido para la consecución de los fines encomendados, se ha valorado positivamente la iniciativa de dos de sus organizaciones de servicios sanitarios para materializar el Convenio de Encomienda de gestión que ahora nos ocupa. La propuesta acordada entre la Organización central de Osakidetza-Servicio vasco de salud y la Sociedad Pública Osatek S.A., previo informe de la Asesoría Jurídica, responde a la necesidad de optimizar los recursos económicos, técnicos y humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud y, en concreto, a la necesidad de gestionar la actividad de la contratación pública que Osatek S.A. precise, en condiciones de eficacia, agilidad y racionalización administrativa, habiendo sido aprobada la propuesta de Convenio por el Consejo de Administración de la Sociedad Pública Osatek S.A, en sesión celebrada en fecha 21 de marzo de 2011, y tras la oportuna adaptación del texto del Convenio a las consideraciones efectuadas por la Oficina de Control Económico. Esta actuación halla su concreto encaje legal y de gestión en la normativa propia de las organizaciones comprometidas con la misma. Así y en lo que se refiere a la Organización Central de Osakidetza-Servicio vasco de salud (como entidad encomendada) los artículos 9, 11 y 20 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud, por los que se crea la crea la «Organización Central de administración y gestión corporativa» del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, atribuyendo al Director General del mismo las facultades comos órganos de contratación en los supuestos de avocación de la competencia, para las contrataciones centralizadas y para las compras de suministros que le correspondan de entre las consideradas integradas, todo ello de acuerdo con las instrucciones que al respecto establezca el Consejo de Administración del Ente Público. En lo que se refiere a la entidad encomendante, la sociedad pública Osatek, S.A., es la única organización de servicios del ente público con personalidad jurídica propia, ostentando el Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud la titularidad única sobre el capital de la sociedad. No obstante Osatek, S.A. carece actualmente de los medios técnicos y humanos suficientes para la contratación de las obras, servicios y suministros necesarios para su funcionamiento, resultando preciso encomendar tal actividad a la Organización Central de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a través de su Servicio de Contratación, en cuanto que al disponer esta organización de los medios/recursos precisos está en condiciones de gestionar la contratación de las obras, suministros, y servicios que Osatek, S.A. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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