BOPV nº 135 · · Cultura
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 14 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 dentro del programa «Fábricas de Creación».
El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 14 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 dentro del programa «Fábricas de Creación», publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 120, de 24 de junio de 2011, se procede a su corrección. En la página 2011/3301 (14/51), en el artículo 28, relativo a «Procedimiento y criterios de selección», en el apartado 2.b), en su versión en euskera, Donde dice: Agindu honen 4. artikuluko multzoen artean proposatzen den elkargintza-maila, 10. artikuluan ezarritakoaren arabera. Gehienez 30 puntu esleituko dira. Elkargune-mota: 0 puntutik 5 puntura. - Elkargune-mota: 6 puntutik 10 puntura. - Elkargune-mota: 11 puntutik 30 puntura. Debe decir: Agindu honen 4. artikuluko multzoen artean proposatzen den elkargintza-maila, 10. artikuluan ezarritakoaren arabera. Gehienez 30 puntu esleituko dira. 1. elkargune-mota: 0 puntutik 5 puntura. - 2. elkargune-mota: 6 puntutik 10 puntura. - 3. elkargune-mota: 11 puntutik 30 puntura. En la página 2011/3301 (33/51), en el anexo V Modalidad "Agertu", en el punto 2, Donde dice: Documentación sujeta a valoración (deberán entregarse 5 ejemplares de cada uno de los siguientes documentos), debe decir: Documentación sujeta a valoración.