BOPV nº 129 · · Cultura

ORDEN de 22 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones para la participación en competiciones deportivas oficiales de carácter internacional en categoría absoluta que se realicen o inicien en el año 2011.

El Departamento de Cultura establece mediante la presente Orden una línea de subvenciones para apoyar la participación de entidades deportivas en competiciones deportivas oficiales de carácter internacional. La presente convocatoria se realiza por la importancia que tiene para el Gobierno Vasco el fomento de las actividades dirigidas a la participación en competiciones deportivas internacionales como elemento básico para lograr la presencia del deporte vasco en el ámbito internacional y como estímulo para la práctica deportiva general. Resulta, por tanto, preciso establecer los requisitos y criterios que definan las características que deban cumplir las actividades deportivas para ser consideradas subvencionables, así como las normas que regulen la solicitud, tramitación y concesión de las referidas subvenciones. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 - Objeto. La presente Orden establece el régimen de concesión de subvenciones para la participación en competiciones deportivas oficiales de carácter internacional en categoría absoluta que se realicen o inicien en el año 2011 en los términos que este artículo recoge. A efectos de esta Orden, se entenderá por competiciones deportivas oficiales de carácter internacional aquellas competiciones incluidas en el calendario oficial de una Federación Internacional, Federación Europea o Liga Profesional de carácter internacional. Dichas competiciones deberán estar orientadas hacia el fomento del deporte de alto nivel. No serán objeto de subvención aquellos programas cuya orientación esté enfocada básicamente hacia el fomento del deporte de participación (deporte de recreación, deporte de ocio, deporte-salud) ni las competiciones deportivas en las que intervengan las selecciones deportivas vascas. Las subvenciones que se concedan para los eventos que se inicien en el año 2011 no podrán destinarse a financiar gastos que no correspondan a dicho ejercicio. Los beneficiarios se comprometen a hacer constar en cualquier forma de difusión que de la participación en el evento se lleve a efecto el apoyo del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco y a convocar a la Dirección de Deportes del Gobierno Vasco a los actos públicos relacionados con la participación en el evento, salvo si la subvención se concede con posterioridad a la celebración del mismo, en cuyo caso deberán reflejarlo en la documentación producida a partir de la notificación de la resolución de concesión de la subvención. En cualquier caso, no podrán acogerse a esta modalidad de subvenciones, y quedarán por tanto excluidos, los proyectos que no garanticen la igualdad de trato entre los dos sexos. Artículo 2 - Dotación presupuestaria. La presente convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurso conforme a los criterios señalados en el artículo 7 de la presente Orden, y a tal fin se destinará un total de cuatrocientos treinta y tres mil quinientos (433.500) euros. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus