BOPV nº 127 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2011, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana para el ejercicio 2011.
La Orden de 28 de julio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo (BOPV de 23 de agosto de 2010), regula el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana. Esta Orden ha sido modificada por la Orden de 22 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 4 de julio de 2011). Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011, cuya regulación, para el presente ejercicio, se establece en la Ley 5/2010, de 23 de diciembre (BOPV. n.º 250, de 30 de diciembre de 2010). De conformidad a lo establecido en el artículo 12 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2011, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el mencionado artículo 12 de la Orden de referencia, DISPONGO : Artículo 1 - Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2011 de las ayudas previstas en la Orden de 28 de julio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo, modificada por la Orden de 22 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana. Para este fin se destinará un total de 9.978.570 euros, según los correspondientes créditos presupuestarios, de crédito y de compromiso, establecidos al respecto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2011. El importe señalado se distribuye de la siguiente manera: a) 8.778.570 euros para las actuaciones de los Ayuntamientos; desglosados a su vez en 6.144.999 euros para 2011, y 2.633.571 euros para 2012. b) 1.200.000 euros para las actuaciones de las Asociaciones de Comerciantes. El importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo. Artículo 2 - Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 28 de julio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 23 de agosto de 2010), modificada por la Orden de 22 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV de 4 de julio de 2011), deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden de referencia. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.