BOPV nº 123 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2011, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas establecidas en el Programa de Apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales, para el ejercicio 2011.
La Orden de 12 de mayo de 2010 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, establece el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a los proyectos de inversión destinados a la modernización de establecimientos comerciales realizados por empresas radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2011, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 8 de la Orden de referencia RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2011 de las ayudas previstas en la Orden de 12 de mayo de 2010 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo (modificada por la de 15 de junio de 2011) por la que se regula el Programa de Apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales. Para este fin se destinarán 4.153.693,96 euros con cargo al correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011. El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo. Artículo 2 Requisitos. Las empresas solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 12 de mayo de 2010 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo y en la Orden de modificación de 15 de junio de 2011, deberán ostentar la condición de entidad beneficiaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia. Artículo 3 Solicitudes y plazo. Las solicitudes y demás documentación complementaria se presentarán en la Delegación Territorial de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco del Territorio Histórico donde se ubique el proyecto, o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Un modelo de solicitud y de formularios será facilitado en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, y en la dirección de Internet: www.euskadi.net/comercio. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.