BOPV nº 122 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
ORDEN de 15 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se modifica la Orden de 12 de mayo de 2010 que regula el programa de Apoyo a la Modernización de Establecimientos Comerciales.
La Orden de 12 de mayo de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, publicada en el BOPV n.º 108, de 9 de junio de 2010, regula el programa de apoyo a la modernización de establecimientos comerciales. La presente Orden, modifica aspectos puntuales de la Orden de 12 de mayo de 2010, que regula el programa de apoyo a la modernización de establecimientos comerciales. Dicha modernización de los establecimientos comerciales ubicados en el País Vasco, ha supuesto una mejora tangible en la estética y en la funcionalidad del sector comercial. Las expectativas inicialmente puestas en el programa por parte del comercio han sido cubiertas con creces, lo que ha permitido la renovación del plan de ayudas para el comercio para el ejercicio 2011. Las incorporaciones y/o modificaciones realizadas en la presente Orden obedecen a solicitudes de mejora llevadas a cabo por el sector comercial y que han sido valoradas positivamente por los servicios técnicos. Por todo ello se procede a la modificación de parte de su articulado. En su virtud, DISPONGO : Artículo 1 Se modifica el párrafo 1 del artículo 5 de la Orden de 12 de mayo de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la modernización de establecimientos comerciales, quedando redactado en los siguientes términos: Artículo 5 Inversión subvencionable. A los efectos de la presente Orden se consideran inversiones susceptibles de ayuda aquellas que cumplan los siguientes requisitos: Que se incorporen al activo de la empresa, y se incluyan en las siguientes categorías de destino: a) Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales. Las inversiones dirigidas a la reforma y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, compartidos por pequeñas y medianas empresas comerciales, entre otras, integradas en un centro comercial cerrado, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por los propios titulares de los establecimientos comerciales, en régimen de comunidad de propietarios. Cada titular de los establecimientos comerciales integrados en el centro, copartícipe de la comunidad de propietarios, podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común. b) Balanzas electrónicas, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuándo estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.