BOPV nº 120 · · Cultura
ORDEN de 14 de junio de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2011 dentro del programa «Fábricas de Creación».
De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales, así como su difusión. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura, y a través del Decreto 45/2011, de 22 de marzo, por el que se establece su estructura orgánica, a la Dirección de Promoción de la Cultura. Dicha Dirección de Promoción de la Cultura estima oportuno proceder a arbitrar una línea específica de estímulo de la innovación, tanto en lo más puramente artístico como en la gestión de la producción, a fin de promover la emergencia de nuevos talentos y prácticas creativas que permitan la renovación de las estructuras de creación de contenidos culturales, la aparición de nuevos modos artísticos con singularidad propia y, en general, el posterior enriquecimiento y fortalecimiento del tejido artístico de nuestra Comunidad. A tal fin, se entenderá este ámbito creativo como aquél que tiene su origen en la creatividad individual y/o colectiva, las habilidades y el talento, y que genera expresiones y productos que alimentan economía y empleo a través de su exhibición pública y/o la explotación de la propiedad intelectual. Más concretamente, se dirige de manera especial a los siguientes sectores: Cine, TV y Radio; Tecnologías y Software para el entretenimiento y la difusión cultural; Artes escénicas (teatro, danza, lírica, circo); Música; Literatura; Artes visuales; Artesanía; Juegos; Diseño (gráfico, industrial, moda); Arquitectura; Publicidad y, en general, hacia cualquier otra manifestación artística o cultural con vocación de permanencia. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1. Objeto. Es objeto de la presente Orden regular las subvenciones para el desarrollo de propuestas dentro del programa «Fábricas de Creación» para el año 2011 y aprobar la normativa específica para cada una de las modalidades de subvención. Artículo 2. Modalidades y Recursos económicos. La presente Orden contempla las siguientes modalidades de subvenciones: a) Subvenciones destinadas a aquellos centros de creación que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo II de esta Orden (Modalidad «Sorgune»). b) Subvenciones destinadas al diseño de proyectos que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo III de esta Orden (Modalidad «Ikertu»). c) Subvenciones destinadas a la realización de productos creativos que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo IV de esta Orden (Modalidad «Arragoa»). […] El texto completo sigue en la publicación oficial.