BOPV nº 120 · · Empleo y Asuntos Sociales
ORDEN de 3 de junio de 2011, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se articulan las ayudas para la realización de inversiones en Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales, de la CAPV.
Por tercer año consecutivo se convoca la presente línea de ayudas enmarcada en el reto de consolidar un abanico de empresas altamente competitivas, potenciando directamente el apoyo a las inversiones en activos de las entidades empresariales con naturaleza de Economía Social. Con dicha finalidad se puso en marcha en el ejercicio 2009 el presente programa de ayudas, facilitando la financiación de inversiones productivas, materializada en la concesión de ayuda pública destinada a sufragar los costes de los intereses de los préstamos concedidos para la realización de inversiones en las cooperativas y sociedades laborales, con el ánimo de consolidar o ampliar las realidades empresariales existentes. Una vez completadas las etapas iniciales de divulgación e implementación de la presente línea de ayudas, y en la confianza en la superación de las dificultades que la coyuntura económica de los últimos años han supuesto para las empresas de nuestro entorno, se estima que la presente Orden dará en el presente ejercicio la auténtica medida de su potencialidad en la mejora de la calidad del tejido empresarial vasco de economía social. Se considera también de gran importancia reafirmar que el objeto de las inversiones ha de estar directamente relacionado con la actividad principal desarrollada por la empresa, y que también dicha inversión lo sea en la compra de activos nuevos, ya sean instalaciones técnicas u otro inmovilizado material, no pudiendo imputar la presente ayuda a inmovilizados intangibles ni a terrenos y construcciones. En su virtud, habiéndose aprobado la Ley 5/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2011, y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, RESUELVO : Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente Orden es regular las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, podrá otorgar, con cargo al presupuesto de 2011, para financiar los intereses de los préstamos concedidos para la realización de inversiones destinadas a la ampliación o consolidación de Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales de la CAPV. Artículo 2. Entidades beneficiarias. Podrán acceder a las ayudas: Las Sociedades Cooperativas Pequeñas, las Cooperativas de Explotación Comunitaria y las Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado con un máximo de diez personas socias trabajadoras de duración indefinida, y que no tengan más de 5 años de antigüedad desde que se constituyeron, a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Las Sociedades Laborales, con un máximo de diez personas socias trabajadoras de duración indefinida, y que no tengan más de 5 años de antigüedad desde que se constituyeron, a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.