BOPV nº 112 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 18 de mayo de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas por la realización de la fase de formación práctica (FFP) en los ciclos formativos de artes plásticas y diseño, durante el período 2010-2011.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el Capítulo VI las enseñanzas artísticas. El artículo 51 del citado capítulo indica que las enseñanzas de artes plásticas y diseño se organizan en ciclos de formación específica. El mismo artículo, en el apartado 2 establece que los ciclos formativos incluirán fases de formación práctica en empresas, estudios y talleres. El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño reitera, en el artículo 9, la obligación de incluir prácticas formativas en empresas, estudios, talleres u otras entidades, que no tendrán carácter laboral y formarán parte del currículo de los ciclos formativos. La función que se les encomienda es la de facilitar el desarrollo de las capacidades sociolaborales que requieren ser completadas en un entorno real de trabajo, así como aquellas otras para complementar las competencias profesionales logradas en el centro educativo. Los títulos y enseñanzas mínimas de los ciclos formativos de artes plásticas y diseño quedaron establecidos por el Real Decreto 1843/1994, de 9 de septiembre. Distintos Reales Decretos, desarrollados a partir de 1994, establecen los distintos Títulos de grado medio y de grado superior en artes plásticas y diseño, y sus correspondientes enseñanzas mínimas. En el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca, el Decreto 235/2004, de 30 de noviembre (BOPV de 27 de diciembre), el Decreto 236/2004, de 30 de noviembre (BOPV de 28 de diciembre), el Decreto 234/2004, de 30 de noviembre (BOPV de 29 de diciembre), el Decreto 237/2004, de 30 de noviembre (BOPV de 5 de enero de 2005), el Decreto 249/2005, de 20 de septiembre (BOPV de 20 de octubre) establecen respectivamente los Diseños curriculares de los ciclos formativos de Autoedición, Gráfica Publicitaria, Ilustración, Proyectos y Dirección de Obras de Decoración, y Fotografía Artística de las enseñanzas de artes plásticas y diseño. Por otra parte, el Decreto 46/2007, de 20 marzo, por el que se regula la realización de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres (FFP) señala que esta fase de formación práctica en un centro de trabajo precisa de una coordinación continuada del centro educativo con los centros productivos y que en ningún caso ha de entenderse como provisión o sustitución de mano de obra aunque el alumno o alumna aporte su aprendizaje y desarrolle sus competencias en puestos de trabajo reales. La realización, seguimiento y evaluación de esta actividad conlleva, por consiguiente, unos costes económicos adicionales, tanto a las empresas colaboradoras derivados de la utilización de las instalaciones y del personal de las mismas como a las y los participantes de la parte educativa por el traslado del alumnado a las empresas y del seguimiento que el profesorado - tutor/tutora de esta formación en el centro de trabajo debe hacer al alumnado fuera del centro educativo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus