BOPV nº 110 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
ORDEN de 18 de mayo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se convocan, para 2011, ayudas para la financiación de actividades de conservación del patrimonio natural incluidas en acuerdos de custodia del territorio en el ámbito de la CAPV.
El artículo 10.31 del Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y del litoral, y el artículo 11.1.a) del mismo texto legal el desarrollo de la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de medio ambiente y ecología. Conforme al artículo 14.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, esta competencia se ejerce a través del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. Si bien la Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco no contiene estas previsiones, en la misma se indica que aporta un marco estable dentro del cual tanto la actividad de los distintos agentes privados como las políticas de los distintos ejecutivos que concurran en el ámbito espacial y temporal de su vigencia tienen cabida y pueden y deben contribuir a los objetivos que en ella se marcan. En todo caso, la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo sostenible 2002-2020, aprobada por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de junio de 2002, contempla entre sus ejes el de proteger la biodiversidad, siendo la detención de la pérdida de biodiversidad uno de los objetivos de la Unión Europea. La aprobación de normas estatales posteriores en materia de medioambiente, pendientes aún de desarrollo en ejecución de la competencia de desarrollo de la legislación básica del Estado en materia de medio ambiente y ecología, [artículo 11.1.a)] del Estatuto de Autonomía de la CAPV) posibilita la utilización de estos nuevos instrumentos. Así, la Ley estatal 42/2007 del patrimonio natural y de la biodiversidad, incluye entre sus mecanismos los acuerdos de custodia estableciendo que las Administraciones Públicas fomentarán la custodia del territorio mediante acuerdos entre entidades de custodia y personas propietarias de fincas privadas o públicas que tengan por objetivo principal la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad. Ante la necesidad de las Administraciones Públicas de poder abarcar en su actividad todos los extremos necesarios para una gestión medioambiental adecuada, surgen nuevos mecanismos e instrumentos para la conservación de la naturaleza y el desarrollo sostenible, entre los que se encuentra el mecanismo de los acuerdos de custodia del territorio para la conservación de la Biodiversidad. Otro de los objetivos relevantes de esta herramienta es promover la participación de otros actores (propietarios, sociedad civil organizada, ciudadanía o empresas privadas) en la conservación de la Biodiversidad. La custodia del territorio adopta la forma de un acuerdo voluntario entre las personas propietarias o usuarias de los terrenos o titulares de derechos de aprovechamiento o uso de recursos naturales y las entidades de custodia. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.