BOPV nº 106 · · Sanidad y Consumo

ACUERDO de 9 de mayo de 2011, del Consejo de Administración del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud, de elaboración y gestión de las listas de contratación temporal en Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El Acuerdo de regulación de condiciones de trabajo del personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud para los años 2007-2008-2009 establecía la negociación de un nuevo Acuerdo de contratación temporal que viniera a sustituir al vigente de 26 de enero de 2004. En una primera fase, mediante Acuerdo de 29 de mayo de 2008, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se adecuó el Acuerdo de 26 de enero de 2004, sobre regulación del sistema de incorporación del personal estatutario temporal en las Organizaciones de Servicios Sanitarios del Ente para la elaboración de las listas de contratación temporal derivadas de la Oferta Pública de Empleo 2006. La existencia del Acuerdo de 26 de enero de 2004, del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, sobre regulación del sistema de incorporación del personal o fijo en las Organizaciones de Servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud del Ente, así como del Acuerdo de 29 de mayo de 2008, del citado Consejo de Administración, que adecuaba el Acuerdo de 26 de enero de 2004 a la Oferta Pública de Empleo 2006, dificultaba a nivel práctico la utilización de ambos textos, por lo que se requería la publicación de un texto único y refundido, además de la necesidad existente de venir a adecuar ciertos aspectos de las listas de contratación temporal. Es por ello que, considerándose preciso la revisión de los criterios de elaboración y gestión de las listas de contratación temporal en Osakidetza-Servicio vasco de salud, se procedió a su negociación en el seno de la mesa sectorial de sanidad a través de diversas reuniones, sin que finalmente se haya alcanzado ningún acuerdo entre la Administración y la representación sindical. La presente regulación define los criterios de aplicación del sistema de listas de incorporación de personal no fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, siendo su pretensión establecer un sistema permanente ligado a las conclusiones de cada proceso selectivo de Oferta Pública de Empleo. El texto contenido en este Acuerdo pretende fomentar la estabilidad en la prestación de los servicios temporales, dentro de la propia temporalidad de la relación, contemplar las ofertas de contratación telemáticas, precisar la justificación a las renuncias de los contratos y las exclusiones en los casos de renuncias injustificas, así como prever los supuestos que serán objeto de régimen disciplinario. Se mantiene en todos los casos la obligación de reactivarse en las listas de contratación temporal por parte de las personas interesadas, sin perjuicio de que los sistemas informáticos puedan adaptarse en el futuro para reactivar automáticamente en los supuestos de finalización de nombramientos en Osakidetza-Servicio vasco de salud. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus