BOPV nº 106 · · Sanidad y Consumo
ACUERDO de 9 de mayo de 2011, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueba la oferta pública de empleo del ente público para el año 2011.
El Consejo de Administración adopta el presente Acuerdo conforme a la previsión hecha en el artículo 8.5.f) del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como con carácter general, conforme a las normas que en materia de personal perteneciente al Ente Público contempla la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, de Estatuto Marco del Personal Estatutario de los servicios de salud y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo artículo 37. 1, apartado l incluye entre las materias de negociación colectiva los criterios generales sobre ofertas públicas de empleo. La Mesa sectorial de Sanidad inició en el primer semestre del año 2010 el proceso negociador para la aprobación de una nueva Oferta Pública de Empleo a desarrollar en el Ente Público, proceso que se ha desarrollado a lo largo de diversas reuniones celebradas durante los años 2010 y 2011 en el seno de la mesa sectorial de sanidad, sin que finalmente se haya alcanzado ningún acuerdo entre la Administración y la representación sindical. De conformidad con lo expuesto, a propuesta del Director General, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 8.5.f) de los Estatutos del Ente Público, el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de Salud adopta el siguiente, ACUERDO : Primero Se acuerda la convocatoria de una Oferta Pública de Empleo en Osakidetza-Servicio vasco de salud para el acceso a la condición de personal estatutario fijo. El proceso selectivo será por el sistema concurso-oposición. Las bases generales que han de regir el proceso selectivo y las específicas de las correspondientes convocatorias concretarán el procedimiento y los requisitos para el acceso a las plazas ofertadas. La gestión de las actuaciones para el inicio de los procesos selectivos se iniciará inmediatamente alcance la necesaria virtualidad jurídica el presente Acuerdo, así como la resolución que contenga las bases generales que en desarrollo del mismo se dicten. Segundo Los criterios para la determinación de los puestos a incluir en la convocatoria a desarrollar el año 2011 son los siguientes: Los puestos que no resulten adjudicados, así como los que dejen vacantes los adjudicatarios a la finalización del concurso de traslados convocado para el año 2011. Los destinos ocupados por personal interino y contratado administrativo incluido en la disposición transitoria tercera de la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi que no sean objeto de consolidación según lo previsto en la modalidad de acceso específica. Las plazas vacantes como consecuencia de las bajas vegetativas, así como las vacantes que por cualquier causa puedan generarse hasta el 31 de diciembre de 2011. Los destinos de nueva creación aprobados por el Consejo de Gobierno hasta el 31 de diciembre de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.