BOPV nº 105 · · Cultura

RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2011, del Director de Deportes del Gobierno Vasco por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas de Euskadi la modificación de los artículos 5.1.e) y 6.2.b) de los Estatutos de la Federación Vasca de Fútbol.

ANTECEDENTES DE HECHO En fecha 13 de abril de 2011, la Delegación del Gobierno en el País Vasco presenta requerimiento de modificación donde se manifiesta que en los estatutos modificados de la Federación Vasca de Fútbol, publicados en el BOPV el 17 de febrero de 2011, se reprodujeron algunos artículos que hacen referencia a las competiciones estatales e internaciones [artículo 5.1.e)] y la ordenación de la representación del fútbol en las competiciones estatales e internaciones [artículo 6.2.b)]. Dichas referencias han sido declaradas nulas para varias federaciones deportivas vascas a través de diferentes sentencias. En fecha 10 de mayo de 2011, la Federación Vasca de Fútbol presenta escrito por el cual acepta cumplir el requerimiento de la Delegación del Gobierno en el País Vasco, y modificar, por tanto, los citados artículos 5.1.e) y 6.2.b). FUNDAMENTOS DE DERECHO La modificación de los artículos 5.1.e) y 6.2.b) de los estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi. RESUELVO : Primero Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación de los artículos 5.1.e) y 6.2.b) de los Estatutos de la Federación Vasca de Fútbol, quedando éstos redactados de la siguiente manera: Artículo 5 1.e) «Instrumentar la participación de todos sus estamentos en competiciones estatales». Artículo 6 2.b) «La ordenación de la representación del fútbol en las competiciones estatales». Segundo Notifíquese en el plazo legal establecido. Tercero Publicar la presente Resolución y el anexo en el Boletín Oficial del País Vasco. Cuarto Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director de Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, o bien, se podrá interponer contra la misma, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses desde su notificación. En Vitoria-Gasteiz, a 11 de mayo de 2011. El Director de Deportes, JUAN FRANCISCO MUTILOA ALDAZABAL.

Publicación oficial en euskadi.eus