BOPV nº 101 · · HABE
RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2011, del Director General de HABE, por la que se establecen las condiciones para la concesión de subvenciones a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el período enero-septiembre de 2011.
El Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en el artículo 16 que HABE colaborará, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, en la financiación de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, inscritos en el Registro, por su labor de alfabetización y euskaldunización. Para ello, el Director General de HABE realizará, cada curso académico, convocatorias de ayudas. La Resolución de 27 de julio de 2005, del Director General de HABE, ha regulado las condiciones académicas y de relación con HABE que deben cumplir los euskaltegis públicos, euskaltegis privados homologados, centros homologados de autoaprendizaje y Centros Vascos-Euskal Etxeak, para poder acceder a las subvenciones que por la impartición de cursos de euskera, cada curso académico, convoque HABE dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes. Habida cuenta de la reducción experimentada por las consignaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales para 2011 para financiar subvenciones destinadas a los euskaltegis municipales, y de la consiguiente dificultad de realizar a tiempo la convocatoria para el curso 2010/2011, con fecha de 28 de diciembre de 2010, el Gobierno adoptó un Acuerdo de concesión de una subvención directa a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el período octubre-diciembre de 2010, por importe global de 3.298.056,97 euros. De acuerdo con dicho Decreto y Resolución, procede establecer los módulos de financiación para la segunda parte del curso 2010/2011, definiendo por medio de ésta, los que corresponden a los euskaltegis dependientes de los ayuntamientos o las entidades municipales, esto es, a los euskaltegis municipales. Por todo ello, visto el ámbito de facultades reconocidas por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Por la presente Resolución se regula el régimen de ayudas destinadas a la financiación de los cursos de euskera impartidos por los euskaltegis públicos de titularidad municipal, durante el curso 2010/2011 (período enero-septiembre 2011). Las cantidades que se otorguen como tales ayudas serán financiadas con cargo a las dotaciones que al efecto quedan consignadas en los Presupuestos de HABE, por un importe de 8.614.000 euros, siendo tal importe el límite de concesión para el conjunto de las ayudas previstas. En el supuesto de que dichos fondos fueran insuficientes para hacer frente a las necesidades de financiación solicitadas, se procederá al prorrateo de la subvención entre las entidades beneficiarias, atendiendo a las cantidades que hubieran de percibir conforme a los criterios que se establecen en la presente convocatoria. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.