BOPV nº 100 · · Justicia y Administración Pública
DECRETO 95/2011, de 17 de mayo, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación «Agiantza Elkartea» dedicada a personas en situación de desventaja social.
El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo. A su amparo, la Asociación «Agiantza Elkartea» dedicada a personas en situación de desventaja social ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública. La Asociación solicitante es, una entidad constituida el 6 de febrero de 1991 e inscrita en virtud de la Resolución de 25 de marzo de 1991, de la Viceconsejería de Justicia. Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/B/2586/1991. El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones principalmente comprende Comunidad Autónoma Vasca. Desde su constitución, la Asociación «Agiantza Elkartea» dedicada a personas en situación de desventaja social, realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es a facilitar la inserción laboral y social de las personas más desfavorecidas. Todas las actividades que realiza son ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo el informe emitido por el departamento e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de la Asociación «Agiantza Elkartea» dedicada a personas en situación de desventaja social como entidad de Utilidad Pública. En su virtud, a propuesta de las Consejeras de Justicia y Administración Pública y de Empleo de Asuntos Sociales, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de mayo de 2011, DISPONGO : Artículo único Declarar de utilidad pública a la Asociación «Agiantza Elkartea» dedicada a personas en situación de desventaja social inscrita con el número de registro AS/B/2586/1991 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.