BOPV nº 94 · · Instituto Vasco de la Mujer
RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2011, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se inicia el expediente de pérdida de vigencia como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la Fundación Labein Tecnalia.
Visto el expediente relativo la Fundación Labein Tecnalia, como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, ANTECEDENTES DE HECHO Primero La Resolución de 26 de septiembre de 2006, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, concedió a la Fundación Labein Tecnalia el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres regulado mediante Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, por el que se crea la figura de «Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres». Segundo Con fecha 13 de abril de 2011 tuvo entrada en Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer certificación del Registro de Fundaciones del País Vasco en la que consta que la Fundación Labein Tecnalia fue absorbida por la Fundación Tecnalia Research & Innovation. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero El artículo 6.1 del Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, establece que si, la entidad colaboradora no acreditara su actividad en este campo, el reconocimiento perderá vigencia a todos los efectos. Segundo El artículo 6.3 del mismo Decreto exige que se dé previa audiencia a la entidad colaboradora. En su virtud, RESUELVO : Primero Iniciar el expediente de pérdida de vigencia del reconocimiento otorgado favor de a la Fundación Labein Tecnalia como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por extinción por fusión con la Fundación Tecnalia Research & Innovation. Segundo Conceder a la Fundación Labein Tecnalia un plazo de 15 días hábiles para que formule las alegaciones que estime oportunas. Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo sin que se hubieran realizado, se pondrá fin al procedimiento por resolución de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. Tercero Notificar la presente Resolución en cumplimiento de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para su conocimiento y efectos oportunos. En Vitoria-Gasteiz, a 18 de abril de 2011. La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, MARÍA SILVESTRE CABRERA.