BOPV nº 92 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
ORDEN de 20 de abril de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, de modificación de la Orden por la que se regulan los Premios Joxe Mari Korta.
Mediante Orden del Consejero de Industria e Innovación de 29 de julio de 2010, se regularon los Premios Joxe Mari Korta (BOPV n.º 151, de 10 de agosto de 2009). La finalidad de la Orden es destacar y reconocer públicamente la acción profesional de aquellas personas físicas que, habiendo dejado total o parcialmente por edad o razones de fuerza mayor su actividad laboral, se han distinguido en el transcurso de su dilatada vida por su labor callada en favor de la mejora empresarial en algún ámbito directivo o de alta responsabilidad. A la vista de la experiencia adquirida en convocatorias anteriores, se estima conveniente modificar la citada orden para adaptar la misma al Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, y para modificar la composición del tribunal calificador de los premios asignando la presidencia del mismo al Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo e incluyendo a un/a representante de la Fundación Joxe Mari Kortaren Bidetik. En su virtud, DISPONGO : Artículo 1 Se modifica el artículo 4 de la Orden de 29 de julio de 2009, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se regulan los Premios Joxe Mari Korta, quedando redactado en los siguientes términos: Iniciación del procedimiento. Los premios regulados en la presente Orden serán objeto de convocatoria pública anual, y se otorgarán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad. La convocatoria se realizará por resolución del Viceconsejero de Gabinete, Planificación y Estrategia y determinará el plazo y lugares para la presentación de solicitudes. Artículo 2 Se modifica el artículo 5 de la Orden de 29 de julio de 2009, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se regulan los Premios Joxe Mari Korta, quedando redactado en los siguientes términos: Artículo 5 Presentación de candidaturas y demás documentación. Las candidaturas a los premios podrán ser presentadas por cualesquiera asociaciones empresariales, corporaciones mercantiles o colegios profesionales de los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, por la Fundación Joxe Mari Kortaren Bidetik, así como por todas aquellas empresas con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Junto con cada una de las candidaturas a los premios habrá de remitirse la documentación pertinente que acredite la contribución al desarrollo empresarial de la persona propuesta. El plazo de presentación de solicitudes, que no será inferior a un mes, será el establecido en la convocatoria anual que al efecto se realizará mediante resolución del Viceconsejero de Gabinete, Planificación y Estrategia. Artículo 3 Se modifica el artículo 6 de la Orden de 29 de julio de 2009, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se regulan los Premios Joxe Mari Korta, quedando redactado en los siguientes términos: Artículo 6 Gestión del premio. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.