BOPV nº 80 · · Presidencia del Gobierno

RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2011, del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi, para el ejercicio 2011.

El Decreto 51/2008, de 18 de marzo, del Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi, establece la regulación de las ayudas que la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi concede con la finalidad de impulsar la acción de agentes sociales y económicos vascos en la realización de proyectos comunes con personas participantes de la Región de Aquitania, que prioricen la creación de empleos y actividades. Con el objetivo descrito en el Decreto 51/2008, y de conformidad con lo establecido en su artículo 10, procede convocar las ayudas para el ejercicio 2011. Esta convocatoria se realiza con cargo a los Presupuestos Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2011. En consecuencia, atendiendo a lo establecido en el artículo 15.5 del Decreto 1/2010, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza, RESUELVO : Primero Objeto y dotación económica. Se convocan ayudas con cargo al Fondo Común de Cooperación Aquitana-Euskadi para el ejercicio 2011, por un importe global de seiscientos mil (600.000) euros (150.000 euros en el ejercicio 2011 y 450.000 euros de compromiso en 2012) con arreglo a la regulación aprobada por el Decreto 51/2008, de 18 de marzo, del Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi y a las bases que se aprueban y figuran en el anexo único. El importe global consignado en este artículo podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de la Lehendakaritza y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución del Secretario General de la Presidencia, que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco. De acuerdo con el Reglamento (CE) número 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, estas ayudas son calificadas de mínimis, puesto que ninguna ayuda total concedida a una persona jurídica o física determinada superará los 200.000 euros, durante un período de tres ejercicios fiscales. Segundo Presentación de solicitudes. Las personas físicas o jurídicas cuyo proyecto y características cumplan los requisitos exigidos en el Decreto 51/2008, de 18 de marzo, del Fondo Común de Cooperación Aquitania-Euskadi deberán presentar un informe-solicitud, por duplicado, con fecha y firma de la persona solicitante o de su representante legal, de acuerdo al modelo que figura en la base cuarta, dirigido a: Secretaría General de Acción Exterior Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno Vasco C/ Navarra, n.º 2 Vitoria-Gasteiz 01007 El plazo para su presentación finaliza el día 30 de mayo de de 2011. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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